Die beantsandeten Werbemittel enthalten zur Täuschung geeignete Angaben, da sie geeignet sind, bei den angesprochenen Verkehrskreisen, para dar la impresión, dass die abgebildeten Fußballprofis in Fußballschuhen der Beklagten spielen, was tatsächlich nicht zutrifft. Denn die im Antrag genannten neun namentlich benannten Fußballprofis spielen unstreitig und vom Landgericht unbeanstandet festgestellt nicht in ….-Fußballschuhen. Damit und bereits deshalb sind die beiden beanstandeten Werbemittel und kerngleiche Verletzungsformen irreführend: Der angesprochene Verkehr wird glauben, dass alle abgebildeten Fußballspieler, darunter die im Antrag benannten, in Nike-Schuhen spielen, weil sie in einer ….-Werbung für …-Schuhe abgebildet sind.

Oberlandesgericht Hamburg 5. Sala de lo Civil, Sentencia 19.01.2015, 5 Usted 203/11 – Nike-Fussball-Werbung

§ 5 UWG, § 670 BGB, § 677 BGB, § 683 BGB

LG Hamburg, 4. Agosto 2011, El: 327 La 465/10

La. En la apelación por la parte demandada a 1) A 4) es el juicio de la Corte de Distrito de Hamburgo 4.8.2011, El. 327 La 465/10, modificación y reformulación de la siguiente:
Yo. El acusado de 1) y 3) wird bei Meidung eines für jeden Fall der Zuwiderhandlung festzusetzenden Ordnungsgeldes bis zu € 250.000,–, una detención administrativa de su sustitución en caso de no recuperación de hasta seis meses, o prisión de hasta seis meses, en caso de reincidencia hasta dos años, prohibido,
en el comercio para fines de competencia en la publicidad de los zapatos de fútbol imágenes de jugadores de fútbol ... K.(R. Yo. d. S. L.), La. La. de A. O., La. (La. F. d. S.), D. R. d. DO., T. D. MARIDO., (X. MARIDO. DO.), R. PAG., M. v. B. y / o D. K. utilizar, de acuerdo con las imágenes que se muestran a continuación:

II. Los acusados 1) y 3) ser condenado, para proporcionar al solicitante por escrito información sobre el alcance de sus acciones de conformidad con la Cláusula. YO., es decir, a través de la publicidad, Duración y costo de la publicidad.
III. Es wird festgestellt, que el acusado 1) y 3) están obligados, para compensar el solicitante cualquier daño, de estos a través de actos de conformidad con la Cláusula. Yo. haya sido o serán creados.
IV. Los acusados 1) y 3) ser condenado, para que el solicitante los abogados L., S., GRAMO. EUR 1.138,50 más. el mismo interés en la cantidad de cinco puntos porcentuales por encima de la tasa base desde 30.07.2010 pagar.
En. La adopción de nuevas medidas contra el acusado 1) Y 3) se rechaza. La acción contra el demandado 2) Y 4) se rechaza.
B. Se desestima el recurso ulterior.
C. De las costas judiciales y extrajudiciales costes del solicitante, respectivamente 1. Y 2. Instancia llevan el solicitante 50% y el demandado 1) y 3) cada 25%. La demandante al pago de todos los gastos extrajudiciales de Acusado 2) y 4) y los gastos extrajudiciales de Acusado 1) y 3) en ambos casos a cada uno 25 %. Por cierto, cada uno de sus gastos extrajudiciales mismo lleva.
D. El juicio es provisionalmente ejecutiva. Los acusados 1) y 3) puede el cumplimiento de los términos de decir que el párrafo A. Yo. durch Sicherheitsleistung in Höhe von jeweils € 100.000,– y condiciones de decir que el párrafo A. II. durch Sicherheitsleistung in Höhe von jeweils € 12.000,– evitar, si no hacer el solicitante en cada caso en el mismo nivel antes de la aplicación de seguridad. Debido a que dice en el párrafo A. IV. y debido al costo, el demandado podrá cumplimiento proporcionando seguridad en la cantidad de 120 % el giro dependiendo de la cantidad ejecución de la resolución, a menos que el solicitante de la seguridad antes de la aplicación de la igualdad 120 % de cada caso que deba ejecutarse cantidad hace. Die Klägerin darf die Vollstreckung wegen der Kosten der Beklagten durch Sicherheitsleistung in Höhe von 120 % el giro dependiendo de la cantidad ejecución de la resolución, wenn nicht die Beklagten vor der Vollstreckung Sicherheit in Höhe von 120 % des jeweils zu vollstreckenden Betrages leisten.
Lo. Die Revision wird nicht zugelassen.
Razones
Yo.
1
Die Parteien streiten vorliegend in der Hauptsache um die Berechtigung, mit der Abbildung von insgesamt neun namentlich benannten Profi-Fußballern zu werben. Anlass für die Auseinandersetzung waren zwei Werbemittel der Beklagten: die Beklagte zu 1), deren Geschäftsführer der Beklagte zu 2) es, hatte mit Online- und Printanzeigen geworben, auf denen in einer Fotomontage mit Fußballmannschaften in ….Trikots auch die Spieler K. L., MARIDO., D., und A. hinter einem Text, der mit den Worten begann: „Verbessere Dein Spiel mit NIKEFOOTBALL Bist Du bereit für die Elite? [...]", zu sehen waren (Anexo K 21). Die Beklagte zu 3), deren Geschäftsführer der Beklagte zu 4) es, había anunciado en su tienda de Berlín con un stand escaparate más grande que la vida, en el -. también en un fotomontaje con los equipos de fútbol de los jerseys ... y detrás del texto antes citado - incluyendo los jugadores K., L., K., SEGUNDO., PAG. y H estaban listos (Anexo K 20). El tribunal regional de los acusados ​​a la omisión, INFORMACIÓN, daños condenados y el pago de los honorarios del abogado.
2
En las conclusiones de hecho en la sentencia impugnada y reproducido allí planteado antes de que las solicitudes de tribunales de distrito que se refiere (Bl. 177 ff. d.Ä.). Para aclarar, hay que añadir, que la solicitud de una medida cautelar (El. 327 La 157/10) al 19.3.2010 y no en 15.7.2011 recibido en la corte y que la medida cautelar de 23.3.2010 erlassen worden ist.
3
con el 4.8.2011 verkündeten Urteil hat das Landgericht die Beklagten wie folgt verurteilt:
4
Yo. Den Beklagten wird bei Meidung eines für jeden Einzelfall der Zuwiderhandlung festzusetzenden Ordnungsgeldes bis zu € 250.000,–, una detención administrativa de su sustitución en caso de no recuperación de hasta seis meses, o prisión de hasta seis meses, im Wiederholungsfall bis zu zwei Jahren verboten,
5
im geschäftlichen Verkehr zu Wettbewerbszwecken in der Werbung für Fußballschuhe Abbildungen der Fußballspieler K. (R. Yo. S. L.), La. La. La. La, L., (La. F. d. S.), D. R. DO., T. D. MARIDO., X. (X. MARIDO. C), R. PAG., M. B. und D K. utilizar, insbesondere gemäß nachstehend eingeblendeten Abbildungen:
6
Acusado 1) Y 2) :

7
Acusado 3) Y 4):

8
II. Die Beklagten werden dazu verurteilt, der Klägerin Auskunft zu erteilen und Rechnung zu legen über den Umfang ihrer Handlungen gemäß Ziff. YO., es decir, a través de la publicidad, Duración y costo de la publicidad
9
III. Es wird festgestellt, dass die Beklagten verpflichtet sind, para compensar el solicitante cualquier daño, de estos a través de actos de conformidad con la Cláusula. Yo. haya sido o serán creados.
10
IV. Die Beklagten werden dazu verurteilt, para que el solicitante los abogados L., S., G., EUR 1.518,00 más. el mismo interés en la cantidad de cinco puntos porcentuales por encima de la tasa base desde 30.07.2010 pagar.
11
En. Por otra parte, la solicitud se desestimó.
12
Das Landgericht hat den Unterlassungsanspruch zu I.) gegen die Beklagten auf §§ 8 Yo, 3, 5 I UWG gestützt, da die beanstandete Werbung geeignet sei, en un consumidor medio normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz obtener una idea equivocada acerca de, que todos los jugadores representados haría con el también representado ... -Fußballschuh o al menos con otra jugada marca de zapatos .... El derecho a la información, la corte de distrito del § 242 BGB, la pretensión de declaración de responsabilidad por daños menores § 9 UWG i.V.m. §§ 3, 5 UWG y la solicitud de reembolso de la letra final del § 12 Yo 2 UWG se da por sentado. Para más detalles sobre los motivos que se refiere a los fundamentos de la sentencia.
13
Los acusados 1) A 4) tener en contra de la 8.8.2011 el juicio no entregado en una 8.9.2011 insertan presentado en los escritos judiciales de llamadas y éstas horas extras de su plazo de apelación hasta 8.11.2011 fundada en este día. A alcanzar la meta de una mayor Klagabweisung.
14
Repita el acusado y profundizar en su primera conferencia ejemplo y hacer valer, que el juicio es un error de Derecho. Las medidas impugnadas son publicidad engañosa ni desleal ni.
15
El material publicitario en disputa contiene ningún tipo de publicidad para las botas de fútbol.
16
Tanto los medios de publicidad tomarían en relación con el programa de formación en línea "... .I ", que .... desde 2010 poner en su sitio web disponible. No habría mostrado Vídeos de formación, que se presentaría por ... de equipos patrocinados por ejemplo, la selección de Brasil o la Juventus. Cada equipo participante presentar este ejerce un tema especial, como "control" o "exactitud". Así Juventus escaparate temático "Precisión" Maestro videos de instrucción, que debe transmitir una técnica de tiro preciso. De acuerdo con la presentación de este programa de formación son fotos del equipo por parte de la publicidad impugnada .... han recopilado equipos patrocinados. Los anuncios impresos muestran la ilustración de un zapato ....- fútbol en una caja de cartón, pero llamar a ningún modelo de zapato y tomar el texto del anuncio y no de ninguna otra manera con respecto a los zapatos de fútbol.
17
Decisivo para un control según la § 5 UWG es la impresión general de la publicidad denunciada. Estos tienen ninguna relación con las botas de fútbol, pero ven más productos ...., a saber, los jerseys del club de los equipos, donde el "...." - marca .... es claramente visible. Había una publicidad de la atención general y no hacer publicidad de botas de fútbol. También se conoce el consumidor, que un jugador de fútbol patear tanto como miembro de un equipo en la comercialización del grupo, así como los anunciantes individuales en la apariencia. Por lo tanto, el consumidor puede ver en la publicidad de ninguna declaración a, en el que el lugar de los jugadores representados dentro de un equipo de trabajo.
18
Los acusados ​​también sostienen, deben anunciarse con los jugadores representados por los zapatos de fútbol. A este respecto, afirman, .... que el Grupo tiene contratos de publicidad exclusivos con toda representado en los equipos de publicidad denunciada, después de lo cual ..... se titula, con los mismos equipos para .... marca y sus productos, referenciación incluyendo zapatos de fútbol. Los acuerdos incluyen además el derecho, utilizar las fotos de los miembros del equipo en la publicidad.
19
Es necesario distinguir entre los derechos individuales y colectivos de marketing. Los jugadores eran libres, su personalidad- y promover los derechos de imagen individual, siempre que éste no lo hace con los intereses de la asociación, para que jugaron, kollidiere. Por el contrario, los clubes tienen derecho, el retrato- comercialización y personales derechos en la medida, se muestra como el jugador como parte de un grupo de miembros del equipo. Los acusados ​​han realizado importantes inversiones, estos derechos por parte de las principales asociaciones y organizaciones, haría listo en la publicidad en disputa, para adquirir. Los acusados ​​se repiten medida su ofrecimiento de prueba desde la primera instancia para el inventario de estos contratos publicitarios y su alcance.
20
Ellos niegan la existencia de contratos publicitarios individuales del solicitante con los jugadores nombrados por la ignorancia. La persona identificada por el solicitante nueve jugadores jugaron para los clubes, poseído el acuerdo de patrocinio en exclusiva con Grupo .....
21
El mero hecho, que en la imagen del anuncio impreso, una bota de fútbol está listo, no puede justificar la presunción, que al menos 30% el aspecto público de referencia en el anuncio de la impresión y la ventana de vestirse como un anuncio para las botas de fútbol. Sin embargo, la cuota era necesario, ser capaz de aceptar un engaño relevante.
22
Para los acusados,, PARA, incluso si éstos tuvieran que asumir, que todo el jugador de mapeado ... engañosa. Calzado, tal engaño no sería adecuado, para influir en la elección del consumidor, por lo que el engaño es en cualquier caso competitivos irrelevante. No está claro, por qué un consumidor de, que un hombre desconocido para él ... usar -schuhe, deberá estar influido en sus decisiones de compra.
23
Por lo que el consumidor pero, ya que dicho tribunal mi, asumiría, que tenía que hacerlo en la publicidad con una "compilación de los futbolistas destacados de todo el mundo", haría ningún error. Para que esta idea sería - por lo que insisten porque - comer de entre los miembros del futbolista de los famosos equipos de fútbol representados, los socios sí en realidad la publicidad de .... son. Los consumidores no sólo los equipos verdaderos y no los jugadores individuales. Reconoció el brasileño Arsenal nacional o en sus camisetas y conectar su aprecio por estos equipos, posiblemente, con la empresa de publicidad. Un jugador, que no sabía, es una competición para el consumidor, sino neutral.
24
También es prácticamente imposible, que el tráfico de los nueve jugadores citados en la denuncia de un grupo de 60 Los futbolistas reconocen activamente, de lo necesario para la versión de la aplicación y el tenor con la nota acumulativa del jugador.
25
Otras bases de reclamo como § 5 UWG tampoco cumplen las condiciones.
26
Los requisitos de § 4 No.. 9 UWG no existía, porque un jugador de fútbol no es un producto o servicio. Una violación del § 4 No.. 10 por lo tanto UWG'm que sale de la pregunta, porque los jugadores eran conocidos en Alemania como no socios de publicidad ..... Por otra parte, no se ha ido a la parte demandada con la publicidad sobre todo una cuestión, sin perjudicar los intereses del competidor. También una violación del § 4 No.. 11 UWG i.V.m. § 22 KUG no existe. Los acusados ​​tenían derecho, para utilizar las imágenes, porque les había sido concedida una licencia por las asociaciones y clubes. los derechos absolutos de propiedad intelectual, como los derechos de autor y la privacidad son, pero la intención de servir sólo a los intereses de los titulares de derechos y no constituyen normas de comportamiento de mercado.
27
Daños y costos para las letras finales se adjudicaron erróneamente.
28
Puesto que no ha habido comportamiento contrario a la competencia, es también la adjudicación de las reclamaciones de indemnización y la pretensión de reembolso por el costo de la letra final en el error. La última carta no era necesario. esperar un período de sólo un poco más de dos semanas entre la entrega de la medida cautelar y el envío de la carta final, ya sea en un caso como este, en el que se encuentran dos de los cuatro acusados ​​en los no poderosos personas extranjeras alemanas, insatisfactorio.
29
Los acusados ​​también argumentan, que después de la decisión de la Corte Federal 18.6.2014, El. I ZR 242/12, la responsabilidad del demandado 2) y 4) no puede ser previsto. Debido a que el Tribunal de BGH se basa únicamente la posición del cuerpo y la responsabilidad general de la gerente a terceros ajenos a ninguna obligación, para evitar prácticas anticompetitivas.
30
La notificación de la Corte de Distrito en la vista de la importancia de las materias, a una ponderación de la reivindicación omisión afirmó en virtud del § 5 UWG había llevado como la reivindicación principal, tienen igualdad de armas de las partes lesionadas.
31
Die Beklagten beantragen,
32
la sentencia del Landgericht Hamburg para el número de documento 327 La 465/10 de 4. Agosto 2011 está parcialmente modificada y desestimó el recurso en su totalidad.
33
El demandante declaró la solicitud,
34
desestimar el recurso con los costos.
35
En la vista celebrada el 16.7.2014 la demandante solicitó,
36
la tasa de recurso debe ser rechazado con la condición de, que la solicitud de I. después de las palabras "M. B. y "se inserta" / o "y luego la palabra" en particular "se borran, y que la aplicación de la Segunda. es "crear y cuenta" suprimido las palabras y se inserta antes de la palabra "información" "por escrito".
37
El demandante se ha defendido la sentencia del tribunal de distrito. Se profundizaron su primera conferencia instancia.
38
Según la demandante, que debe ser asumida por razones legales de los mismos, que el público destinatario entienda personas con problemas de publicidad en los medios de publicidad para las botas de fútbol. Es de hacer afirmaciones extravagantes, que el medio de publicidad con las botas de fútbol de gran tamaño en el primer plano debe haber publicidad de las botas de fútbol. Por otra parte, el material publicitario no se anuncie el programa de formación en línea. Esto es más bien una campaña de publicidad para la venta de zapatos de fútbol. Un programa de formación en línea sólo se podía participar, ... si ha adquirido -Fußballschuhe con un código de acceso para el programa de formación en línea.
39
Es absurdo, para designar a los jugadores de fútbol nueve "en disputa" como el nombre apenas se conoce. Además, es suficiente, que el tráfico tiene la impresión de, que la "élite" del fútbol mundial fue detrás de la anunciada ... -Fußballschuh. El tráfico que detener a las ilustraciones en este sentido, se halló obligado por el Tribunal de Distrito. El hecho de que los jugadores estaban listos única "vaga", no es correcto. Es obvio, que se anuncian en la publicidad en disputa con los futbolistas famosos de ... -Fußballschuhe.
40
El hecho de que el Tribunal Regional había adjudicado los costos de la letra final, no era objetable. Los acusados ​​tenían 20 tenido durante el día, considerar, si la medida cautelar debe ser reconocido como decisión jurídicamente vinculante sobre el fondo. Esto está también en vista del hecho de, dass die Beklagte zu 3) era una empresa extranjera, suficientemente.
41
Según la demandante, que incluso después de la decisión de la Corte Federal 18.6.2014 constituyendo una obligación de gestión del demandado 2) y 4) fue dado, porque es suficiente, incluso después de esta Decisión, Es probable que la participación del director general de la lesión competitiva debido a las circunstancias particulares del caso. Debido a que los órganos de aplicación designados para un mandato judicial futbolistas han tenido un valor de mercado muy alta en el momento de la publicidad, de modo que las actividades de promoción, probablemente será parte de una campaña, importantes inversiones en la adquisición de derechos tendrían que ser precedido. Sobre este tipo de inversiones se deciden a nivel.
42
El acusado explicó en la vista oral de la 16.7.2014 preguntó Contrademanda vocación, Esta versión de la aplicación se ve un Klagänderung, y contradicen esta. mi, que el recurso será rechazado en su mayoría, debido a que la exhortación de considerar el Senado está bien fundada sólo en cuanto a las formas concretas de la lesión. Por lo tanto, la letra final no era necesaria en una amplia medida cautelar demasiado. Al menos son los costes admisibles de la carta de advertencia y para reducir una relación costo claridad para determinar la costa del solicitante.
43
Las partes se someten a una decisión por procedimiento escrito de conformidad con el § 128 expedida II ZPO.
44
Para más detalles, se hace referencia a los documentos del expediente relativo.
II.
45
El recurso es admisible y fundado, en parte,.
46
Frente a la demandada a 1) Y 3) debe ser desestimada en apelación la reclamación a otra parte (a los números 1. A 4.). Además, la acción contra el demandado es 1) y 3) fundado y que el recurso carece de fundamento. Frente a la demandada a 2) Y 4) en su conjunto, desestime el recurso en su vocación (párrafo 5.).
1.
47
El recurso de los acusados ​​a 1) Y 3) está en contra de la palabra del mandamiento omisión justifica en parte y en gran medida infundada. El solicitante tiene derecho a contra el acusado 1) y 3) la supuesta orden judicial en su alcance tenorierten del § 8 Yo, III N º. 1, §§ 3, 5 UWG a. Los materiales de publicidad impugnados son adecuados, en una parte sustancial de la codiciada conceptos erróneos comunes sobre los zapatos de fútbol ofrecen al demandado a 1) y 3) suscitar y la influencia que deben tomarse en el mercado de resolución manera competitiva relevante.
un.
48
Objeto de la solicitud de medida cautelar es la prohibición aplicada abstracta, en el comercio para fines de competencia en la publicidad de los zapatos de fútbol imágenes de la petición al I.) designado por el nombre de los jugadores de fútbol - y de uno o más de estos jugadores - para usar de acuerdo con el ejemplo de la aplicación que aparece fotos.
aa.
49
Esta controversia no ha sido efectivamente limitado a la violación específica de las imágenes en pantalla y delitos similares núcleo, por el solicitante en la vista de 16.7.2014 su aplicación mediante la supresión de la palabra tiene "especial" modificada.
50
Debido a que en la supresión de la palabra "especial" y por lo tanto de concretización de la solicitud de la violación específica de las imágenes es un Klagbeschränkung en forma de una parte-Klagrücknahme, que según § 269 Estaba ZPO requiere la aprobación (vgl. Zoeller-Greger, ZPO, 29. Dividir. 2012, § 264 rz. 4un). El consentimiento ha sido negado por el acusado en la audiencia y no conceder su posterior, de modo que la retirada parcial no tiene efecto y el grado de decisión sobre la solicitud originalmente anunciado.
bb.
51
La distinción que se hace en la audiencia de la reformulación de Klagantrages I.) incluye la formulación "y / o", sin embargo no Klagänderung, requeriría el consentimiento de la parte demandada. Esta reformulación mediante la adición de la palabra "o" solamente una aclaración editorial de la materia de la controversia se hace, que desde el inicio de la controversia a Klaggegenstand. Esto se reflejó en la redacción de Klagantrags a I.) y la sentencia del Tribunal de Distrito en la parte dispositiva de I.) con "y vínculo" el nombre del jugador no refleja con exactitud, que no se había dado cuenta por el solicitante y por el tribunal de distrito en lugar de un procedimiento sumario y sin corregir.
52
Esa disputa de presentación de reclamaciones a la prohibición propuesta era abstracta, en la publicidad de los zapatos de fútbol imágenes de la petición al I.) designado por el nombre de los jugadores de fútbol - y de uno o más de estos jugadores - para usar de acuerdo con el ejemplo de la aplicación que aparece fotos, resulta del hecho de, que en cualquiera de las fotos controvertidas todas las personas nombradas nueve estaban listos para compartir, de modo que una comprensión diferente de la solicitud no tendría ningún sentido y la "condición AND" sólo podría ser hecho por accidente.
53
El hecho de que la aplicación por el solicitante y por el tribunal regional en ese sentido de "y / o formulación" y así como el proceso de eliminación 327 La 157/10 ha significado y comprendido, resulta más lejos de, que el solicitante ha tenido explícitamente en el presente principalmente en los métodos disponibles varias referencias y de referencia es también el corte de distrito en la sentencia sobre el seguimiento de las reclamaciones hechas bajo este procedimiento. Estos requerimiento previo de 23.3.2010 (El. 327 La 157/10) fue primero con una petición a la I.) petición idéntica de 19.3.2010 ha solicitado. Mediante escrito de 22.3.2010 a continuación, corregida la solicitud, el solicitante con la explicación, se borrará, que "en el punto de aplicación. 1 Lista de jugadores de fútbol no incluido en una proporción acumulativa es "y por la inclusión de una" y / o vinculación "entre el nombre del jugador en la solicitud, por lo que la medida cautelar de 23.3.2010 Entonces llegó a Tenor, que contiene el "y / o vinculación".
54
a continuación, la petición de la materia se colocó de nuevo como (original) Disponible de la aplicación 19.3.2010, es decir, sólo con un "y" entre el nombre de "M. B. "y" D. K. ". El hecho de que el solicitante pretende reivindicar la petición idéntica medida cautelar aquí, surge del simple hecho, que el solicitante de la página 5 el escrito de demanda había declarado: "Con esta acción, el solicitante persigue continúan su ya aplicadas de manera de requerimiento provisional sobre el fondo - complementado por las reivindicaciones posteriores de acceso, La compensación y reembolso. "Por lo tanto, el solicitante indica explícitamente, seguir el mismo orden judicial como en los procedimientos sumarios, un cambio de la aplicación a I.) por tanto, no tenía la intención de reclamar presentación. Esta formulación se ha notado accidentalmente solamente en la apelación y se clarificarán editorial en la vista de indicación judicial.
b.
55
La publicidad impugnada con la imagen de uno o más de dichos i.S.d futbolista. § 5 UWG engañosa.
aa.
56
El material publicitario en disputa, el sistema de K 20 aparentes pantallas de escaparate que la vida y la venta de K fijo 21 Imprimir aparente- y la visualización en línea, contener publicidad de las botas de fútbol.
57
Esto surge de la interacción de las referencias pictóricas y verbales usadas para el deporte del fútbol: La exhibición de forma destacada de cada ... pelota de fútbol de tamaño humano- o los deportes zapato en la parte superior de la ilustración de numerosos conocidos y organizada por los equipos de fútbol profesional en la ropa del equipo de fútbol completo y el uso de la palabra "... .football", es que una vez más hizo verbalmente al fútbol, despertar el interés del público de referencia para los zapatos representados. El Inglés "fútbol" es conocido en Europa como supuesto "fútbol", porque los británicos - a diferencia de los EE.UU. - Inglés significa "fútbol" de los componentes descritos más también se plantea, por tanto, un efecto de publicidad inmensa para ... botas de fútbol., debido a las numerosas futbolista profesional muestra se muestran literal y visible detrás de los zapatos y por lo tanto aparecen son los zapatos fotografiados en sentido figurado "detrás".
58
Los miembros del Senado pueden hacer que estos hallazgos, porque pertenecen a las cuestiones planteadas por las rotondas de publicidad. Entre el público pertinente en este caso, los futbolistas, Los amantes del deporte y otras personas, la compra de fútbol- Tirar o zapatos deportivos en consideración. Estos grupos se quieren lograr con la publicidad en disputa y encontrar en esta información de publicidad, a ellos cuando se considera, lo que los zapatos que quieren comprar, puede ser útil. Al menos a este último grupo también incluye a los miembros del Senado.
59
La publicidad es contrario a lo que el acusado no es una publicidad de la atención universal "debido a la ausencia total de cualquier información relacionada con el producto". Una colección de información es más bien ya utilizando la imagen de los zapatos, la del "...", el símbolo y el icono de la fabricante de artículos deportivos ..., desgaste y por lo tanto son claramente reconocibles como productos de la marca Nike, dado. El Senado no sigue la demandada en, que por sí sola un programa de entrenamiento de fútbol en línea de la parte demandada, que está disponible en Internet, going anunciada. Es cierto que en ambos materiales de publicidad: "Mejore su juego de fútbol con ... ¿Estás listo para el Elite?"Pero este texto se intensificó incluso el carácter publicitario de los zapatos deportivos fotografiados, porque se refiere de nuevo a la palabra "... el fútbol" en el deporte del fútbol y con la palabra "élite" de los jugadores de fútbol que se muestran en el fondo y con "¿Estás listo para la élite?hará que "los lectores directamente destinados, pensar en hacer uso de la zapata de captación de imagen y la adquisición. El hecho de que el material publicitario también tiene otra información propia- tener y contenido publicitario al programa de formación en línea, no elimina el carácter publicitario para los zapatos.
bb.
60
Los materiales de publicidad incluyen para engañar a la información adecuada, da sie geeignet sind, bei den angesprochenen Verkehrskreisen, para dar la impresión, dass die abgebildeten Fußballprofis in Fußballschuhen der Beklagten spielen, was tatsächlich nicht zutrifft. Denn die im Antrag genannten neun namentlich benannten Fußballprofis spielen unstreitig und vom Landgericht unbeanstandet festgestellt nicht in ….-Fußballschuhen. Damit und bereits deshalb sind die beiden beanstandeten Werbemittel und kerngleiche Verletzungsformen irreführend: Der angesprochene Verkehr wird glauben, dass alle abgebildeten Fußballspieler, darunter die im Antrag benannten, in Nike-Schuhen spielen, weil sie in einer ….-Werbung für …-Schuhe abgebildet sind.
61
Contra esta comprensión no habla citado y el plato conocido por la circunstancia de los acusados, concluir que los futbolistas profesionales, independientemente de cualquier tipo de publicidad encargada de los servicios endosos individuales por sus zapatos de fútbol, para que los jugadores de fútbol, que ocurre en su equipo debido al contrato de publicidad del equipo en una determinada marca de ropa, menudo usar los zapatos de otra marca, para ellos un individuo(del zapato)Completado contrato de publicidad. Aunque los jugadores se muestran por la asociación- y jerseys nacionales como profesionales reconocidos. Pero ya que no puede ver los zapatos de los jugadores fotografiados, es la final, que desempeñan en otros zapatos como ... -zapatillas, no sólo no es obligatorio, pero dadas las circunstancias generales también no obvio. Más bien, es para el espectador y en la comprensión de la estrecha público pertinente, que los profesionales fotografiados, que ocurre en un ... -Fußballschuhwerbung, jugar en estos zapatos.
62
DE, si, y en qué medida el Grupo de los contratos de publicidad demandado celebrados con los equipos asignados, se trata de la cuestión de inducir a error al público lo menos parecido, si el futbolista dijo que nueve o fuera, en el solicitante en virtud de un contrato individual. Por lo tanto, las pruebas pertinentes ofrecido para esto es no persigue. Lo único que importa es, que falsamente crea la impresión de, los nueve designado por jugadores de renombre jugaron en ... -Fußballschuhen.
63
También está presente para la constatación de un riesgo de engaño a los consumidores también innecesaria, que los jugadores de fútbol en la foto son reconocidos por el mercado y se identifican por el nombre. Más bien, es suficiente, que el espectador asumirá, que el jugador en la foto jugando en las botas de fútbol fotografiados. DE, si reconoce a todos los jugadores por su nombre, no importa. El Senado está de acuerdo en la Corte de Distrito, el indicado correctamente, que el público destinatario podrá ver a través de la naturaleza del diseño específico de la publicidad denunciada, que era una compilación de los futbolistas destacados de todo el mundo, y que el transporte de la propiedad, pertenecer a la élite del fútbol, futbolistas individuales cada una con imagen formada asignará.
64
En cuanto a la parte demandada presente, los futbolistas individuales apenas son visibles, esto es para el soporte de exhibición con imágenes grandes que la vida de todos modos incomprensibles. Los rasgos faciales del jugador son a la vez en el Stand de escaparate, así como en la impresión- y detectar los anuncios en línea con claridad.
65
Las conclusiones relativas al causados ​​por el riesgo publicidad denunciada de engañar a los consumidores, los miembros del Senado por las razones mencionadas (iluminado. Automóvil club británico.) hacerse.
cc.
66
La idea falsa generada de destino del tráfico es también ley pertinente la competencia.
67
Una ley de competencia engaño relevante es, básicamente, determinar un proceso de dos pasos: En la primera etapa es determinar, la medida en que la publicidad en cuestión conduce a un error y en un segundo paso, hay que señalar, si, y en qué medida la elección de los consumidores de mercado está influido por la idea errónea (vgl. Köhler / Bornkamm-Bornkamm, Ley contra la Ley de Competencia Desleal, 21. Dividir. 2014, § 5 rz. 2.103; TJCE, Trigo 2014, 196, 197). También debe ser, que debido a que causa una falsa impresión es por lo general cerca de la mislead Relevancia competitiva (vgl. Köhler / Bornkamm-Bornkamm, UWG, 21. Dividir. 2014, § 5 rz. 2.178un; BGH, Trigo 2008, 443 rz. 29 - absorbente). Además regularmente las circunstancias del caso conducen a una relativización de quórum engañosa. Que se anuncia Blickfang moderadamente con un Precio del fabricante incorrecta, es incapaz de defenderse por lo, que la inexactitud de la declaración habría sido reconocido en un estudio diligente de la pantalla por la mayoría de los consumidores (vgl. Köhler / Bornkamm-Bornkamm, UWG, 21. Dividir. 2014, § 5 rz. 2.107). Incluso aquellos que se atreven, por parte de los destinatarios, percibe la publicidad sólo fugazmente, para engañar, no debe ser capaz de confiar en el hecho, que constituía sólo una pequeña parte del público pertinente (BGH, Trigo 2012, 184 rz. 25 - Guía de Empresas Berg).
68
Como se ha indicado anteriormente, la presente publicidad plomo infractor en el público preocupado por la idea errónea, que los futbolistas en la foto jugando en los zapatos .....
69
Es lógico, que el público pertinente la idea, un (conocido) Profesionales utilizan la marca de zapatos ...., Las ideas de la calidad incluye, causa, que prefiere el público objetivo a fin de comprar zapatos de esta marca. La publicidad puede, para influir en el espectador a ir, para adquirir la bota de fútbol fotografiado o otro acusado calzado deportivo. Esto es de acuerdo a la regla anterior para inferir la relevancia competitiva.
70
Incluso si es - lo que el Senado no se apaga - era correcta, que no todo el tráfico es inducido a error, pero el acusado podría no depender de sí mismo, que sólo una parte suficiente del tráfico está engañando. Debido a que los materiales de publicidad impugnados por objeto precisamente la comprensión de los, los cuales se les da la combinación de un fotomontaje conocido futbolista profesional en la ropa del equipo creen que detrás de una bota de fútbol más grande que la vida con mención destacada de la marca ... por escrito ... .FOOTBALL, que los jugadores de fútbol que se muestran en los zapatos de marca ilustrados o similares ... Jugar.
71
A sí mismo - como el acusado - para apelar en un aspecto tan de la publicidad en él, esta parte del tráfico dirigido es demasiado pequeña, para asumir un engaño relevante puede, es inconsistente e injusto para los principios enunciados anteriormente. Jugamos por el anunciante con la verdad y el trabajo hacia el despertar de una falsa impresión. Esto es inadmisible en virtud del derecho de la competencia. Porque aparte de la engañosa para el público es sin razón aparente, por qué el acusado de la verdad contra de la impresión, jugadores de fútbol que juegan en designadas. zapatos .... El hecho de que la promesa de la parte demandada de este tipo de mensaje publicitario una ventaja, obviamente. Es la tarea inherente a la prohibición de inducir a error, para evitar que la publicidad de la falsedad en el comercio (vgl. BGH, Trigo 2009, 888, 890 rz. 21 – Thermoroll).
72
Engañosa no es irrelevante o inmaterial, debido a que los jugadores de fútbol, utilizar el terreno común ... no -schuhe, en un grupo de montaje de la foto con 50-60 La gente cuasi "perecen" (vgl. Las observaciones de las partes de 8.7.2014, S. 23). Las fotos son suficientemente claras, la disposición lineal de las personas y la ropa con las camisas del club facilitan la cesión o. el reconocimiento de las personas. Además de la opinión de este Tribunal en el concepto de la publicidad también por el gran número de jugadores de fútbol, literalmente, detrás de los ... -zapatillas, impresión hecha.
dd.
73
la obligación, de evitar la publicidad engañosa, no es desproporcionada. Evidencia de desproporcionalidad se presentan visibles ni justificada.
c.
74
El sobre las formas concretas de lesiones en las conclusiones y la parte dispositiva de la sentencia judicial país más allá de la resolución por mandato judicial en contra de los acusados 1) y 3) ser despedido, por lo que el recurso de la demandada se justifica.
75
El solicitante no tiene derecho a sobre el hormigón y su misma lesión nuclear de forma continua Además mandato judicial. prohibir la abstracción de las preguntas con la declaración de solicitud de reclamo,
76
im geschäftlichen Verkehr zu Wettbewerbszwecken in der Werbung für Fußballschuhe Abbildungen der Fußballspieler K. (R. Yo. S. L.), A.. L.. d. La. O., La, (La. F. S.), D. R. DO., T.y D. MARIDO., X. (X. MARIDO. i C.), R. PAG. M. B. Y [/NI] D. K. utilizar, insbesondere gemäß nachstehend eingeblendeten Abbildungen [...] 77
permite la presentación de numerosas actividades promocionales permisibles con los jugadores representados por los zapatos de fútbol, por ejemplo. utilizando también toma nota de clarificación, la i.S.d engañosa. § 5 Excluir UWG. por lo tanto, no existe una medida cautelar en forma amplia propuesta.
d.
78
El recurso de los acusados ​​a 1) y 3) por lo tanto, no está justificado, por otra parte,, debido a que el tribunal de distrito había violado el principio de igualdad de armas. El de en la vista 7.7.2011 la solicitud de una orden judicial emitida la notificación mencionada en § 139 Me ZPO no es objetable.
y.
79
Si el solicitante también una medida cautelar en virtud del § 8 Yo, III N º. 1, §§ 3, 4 No.. 9 UWG, de § 8 Yo, III N º. 1, §§ 3, 4 No.. 10 UWG o § 8 Yo, III N º. 1, §§ 3, 4 No.. 11 UWG i.V.m. § 22 KUG podría titularse, kann dahinstehen.
2.
80
El recurso de los acusados ​​a 1) y 3) está en contra de lo que dice el derecho a la información como parte bien fundada y en gran medida infundada.
81
El derecho a la información al solicitante consiste en § 9 DEPÓSITO 1 UWG i.V.m. § 242 BGB. Una de las limitaciones de la información mandamiento contra la sentencia del Landgericht surge de la conexión con el tenor I.), que es la de estar limitada a las formas específicas de la lesión. Por sobre las formas concretas de exceso de lesión es por lo tanto también se desestimó la solicitud de información. En el punto 1. versiones de pie se denominan.
82
El de en la vista 16.7.2014 Petición realizada aclaración editorial II.) no es ni una Klagrücknahme todavía Klagänderung y no están sujetas a la aprobación. El concepto de la contabilidad no se evidenció por el escrito de demanda, de acuerdo con el § 259 BGB entiende como una compilación ordenada de la cuenta de gestión que contiene, pero el objetivo de la información sobre las acciones previstas en el apartado I., de acceso a los medios de publicidad, Duración y costo de la publicidad. Este deseo ya se persigue en la presentación reivindicación, la redacción de la solicitud única againin.
3.
83
El recurso de los acusados ​​a 1) y 3) está en contra de la palabra de la reivindicación daños determinación justificadas en parte y en gran medida infundada.
84
El escrito de demanda por daños y perjuicios resultantes de § 9 DEPÓSITO 1, § 5 UWG. Se obtiene de nuevo una limitación de la reivindicación daños determinación en contra de la sentencia del Landgericht a través de la conexión con el tenor I.), que es la de estar limitada a las formas específicas de la lesión. Por sobre las formas concretas de exceso de lesión también se es despedido encontrar aplicaciones. En el punto 1. versiones de pie se denominan.
4.
85
El recurso de los acusados ​​a 1) y 3) en contra del consejo del costo de la letra final es en parte justificada y desestimó el resto. El solicitante es de la solicitud de reembolso contra el acusado 1) y 3) de §§ 677, 683, 670 BGB en altura tenorierten.
86
Se requería que la última carta, debido a que el solicitante había esperado un tiempo razonable a partir de la notificación de la medida cautelar a la parte demandada en su despacho. Según reiterada jurisprudencia del Hamburgo de tenis de un período de espera de 2 Semanas siguientes a la notificación de la medida cautelar suficiente para, que el envío de la carta final se requiere y en el interés del director (vgl. OLG Hamburg, Sentencia 21.5.2008, 5 Usted 75/07, rz. 55, zit.n.juris; Köhler / Born peine Köhler, UWG, 32. Dividir. 2014, § 12 rz. 3.73 m.w.N.). transcurrido ese periodo en el presente caso. El mandato era el acusado 1) al 25.3.2010 y el demandado 3) al 24.3.2010 ha servido, la letra final están anticuadas 13.4.2010 (sistemas K 25 y K 26). No está claro, así que el hecho, dass die Beklagte zu 3) Con sede en los Países Bajos, debe justificar un período de espera más largo, especialmente entre la notificación de la medida cautelar a la parte demandada a 3) y la letra final, incluso 19 fueron días.
87
La última carta era necesario y en interés de la directora, cuando se considera, que la medida cautelar no se justificaba plenamente, porque con la "formulación particular" en un - fue adoptado versión abstracta - a lo ancho. Una carta final es necesario en primer lugar, si se obtiene mediante una declaración final correspondiente de la parte demandada del solicitante hace una recaída en los títulos similares procedimiento de juicio principal (vgl. BGH, Trigo 2010, 855 rz. 26 – persianas enrollables) y un acusado (otro) puede evitar un juicio. El mismo objetivo se consigue mediante la entrega de una declaración cláusula de penalización: Además, mediante una declaración de tal manera que el solicitante está totalmente garantizado y el acusado puede evitar más procedimientos judiciales. En consecuencia, la letra declaraciones sólo es parcialmente justificadas, eso no puede dar lugar a la emisión de una declaración final razonada, porque una declaración final única sin reservas e incondicional y no puede ser emitida por parte (vgl. Köhler / Bornkamm, UWG, 32. Dividir. 2014, § 12 rz. 3.74), la información del enemigo, que más acciones legales fue pensado e inminente. Esto esto es posible, una mediante la emisión de una declaración cláusula de penalización y por lo tanto bajo la protección del solicitante (otro) para evitar litigios.
88
El recurso de los acusados ​​a 1) y 3) pero fundado en este punto, como la letra final fue parcialmente injustificada, debido a que el requerimiento era sólo en la forma concreta de violación.
89
Dado que el importe de los costes de la letra final al tema de la carta de despido dirigida, el costo de la única carta conclusión justificada en parte para reemplazar sólo el alcance de parte legítima de la letra final. El importe de la reclamación de indemnización en proporción al valor objeto de parte legítima de la letra final al valor del artículo de la carta final total se determinará (vgl. BGH, Trigo 2010, 744, 749). El Senado revisó la parte no autorizada de la medida cautelar y la letra final de 25%. Las formas concretas de lesiones porcentaje excesivo de la solicitud a I.) así como el habla de la prohibición abstracta medida cautelar está presente con 25% moderada en evaluar, ya que el medio de publicidad específica desde el principio fueron para enfocar la persecución y el peligro de la realización de la parte de aplicación excesiva presentado abstracta fue relativamente baja.
5.
90
Frente a la demandada a 2) y 4) debe dejarse de lado en su apelación, la sentencia de primera instancia y la acción sobre las propuestas de I.) a IV.) hasta ahora despedidos.
91
Las condiciones de un pasivo de gestión no se cumplen.
92
Que la demandada a 2) y 4) habían cometido las violaciónes de los derechos en disputa sí mismos o por encargo, No se alega. No se proporciona una responsabilidad de la posición de garante.
93
Un gerente será responsable por la competencia desleal, la empresa que sólo se representa a sí, cuando se vio involucrado en ella, ya sea por acción positiva o si debería haber evitado las violaciónes de competencia debido al justificado por los principios generales del derecho de daños posición cuentas (BGH, Trigo 2014, 883, 884 rz. 17 - Limita la responsabilidad del administrador de defensa de violaciónes - la responsabilidad de gestión). La posición del cuerpo y la responsabilidad general de las operaciones por sí solos como por ejemplo,. la obligación de los administradores, organizarla representa operar de una manera, lo que le, garantizar el cumplimiento de las normas de competencia leal, no creará una obligación del gestor frente a terceros, para evitar prácticas contrarias a la competencia de la Compañía (BGH, Trigo 2014, 883, 884 rz. 23, 25 – Limita la responsabilidad del gestor de defensa de violaciónes - la responsabilidad de gestión).
94
Una responsabilidad personal del administrador es aceptar, cuando la violación de la competencia se basa en un comportamiento, que es atribuible al administrador después de su aparición y la ausencia de hallazgos que se desvían. Por lo tanto, debe ser de cuando el uso infractor de un determinado nombre de la empresa y la campaña de publicidad general de una empresa, normalmente se realiza a nivel de gestión (vgl. BGH, Trigo 2014, 883, 884 rz. 19 - Limita la responsabilidad del administrador de defensa de violaciónes - la responsabilidad de gestión). Dementsprechend hat der Bundesgerichtshof – worauf er in der zitierten Entscheidung verweist – ohne Weiteres eine Haftung der vertretungsberechtigten Organe einer juristischen Person für das allgemeine Konzept einer Kundenwerbung eines Unternehmens, für den Inhalt einer Presseerklärung eines Unternehmens, in der der Geschäftsführer selbst zu Wort kam, und für den allgemeinen Internetauftritt des Unternehmers bejaht (vgl. BGH, Trigo 2014, 883, 884 rz. 19 – Grenzen der Haftung des Geschäftsführers für Wettbewerbsverstöße – Geschäftsführerhaftung – m.w.Nachw.).
95
Es ist hier indes nicht erkennbar, dass die streitgegenständlichen Wettbewerbsverstöße auf einem Verhalten beruhten, das nach seinem äußeren Erscheinungsbild den Geschäftsführern, den Beklagten zu 2) y 4), anzulasten war. Voraussetzung für die Annahme eines solchen Verhaltens wäre, dass über Werbemaßnahmen der streitgegenständlichen Art typischerweise auf Geschäftsführerebene entschieden wird. Evidencia, dass dies vorliegend der Fall war, bestehen aber nicht. Dass der Gestaltung der Werbemittel wegen des hohen Marktwertes der abgebildeten Fußballer erhebliche Investitionen bei der Einholung von Rechten vorangegangen sein mögen, belegt allein nicht – wie die Klägerin meint –, dass über diese Werbemittel nur von den Geschäftsführern entschieden worden sein kann. Bei den streitgegenständlichen Werbemitteln handelte es sich nicht um den allgemeinen Werbeauftritt oder den allgemeinen Internetauftritt der Beklagten zu 1) y 3), über den typischerweise auf Geschäftsführungsebene entschieden wird. Vielmehr handelt es sich um einzelne Werbemaßnahmen von Vertriebsunternehmen des weltgrößten und europaweit zweitgrößten Sportartikelherstellers, die typischerweise nur Bestandteil des allgemeinen Werbeauftritts sind. No está claro, dass über solche einzelnen Maßnahmen typischerweise auf der Geschäftsführungsebene entschieden würde und nicht vielmehr in Großunternehmen für einzelne Werbemaßnahmen regelmäßig und typischerweise Sonderzuständigkeiten von Fachabteilungen wie Marketingabteilungen mit eigenem Etat bestehen. Dass im Konzern der Beklagten – wie sie mit Schriftsatz vom 6.10.2014 vorgetragen haben – die Werbung von Marketingverantwortlichen geplant und umgesetzt wird – hat die Klägerin im Übrigen nicht mehr bestritten.
96
Umstände, aus denen sich eine Erfolgsabwendungspflicht der Geschäftsführer aufgrund besonderer Umstände ergeben könnte (vgl. BGH, Trigo 2014, 883, 884 rz. 24 ff. – Limita la responsabilidad del gestor de defensa de violaciónes - la responsabilidad de gestión), sind nicht vorgetragen worden.
97
Nach alldem ist die Berufung der Beklagten zu 2) y 4) insgesamt erfolgreich.
III.
98
El costo se basa en § 92 Yo 1 ZPO.
99
Der Anteil des Unterliegens der Klägerin gegenüber den Beklagten zu 1) y 3) durch das Zurückführen auf die konkrete Verletzungsform des Unterlassungsantrags wird dabei mit 25% bemessen. Las formas concretas de lesiones porcentaje excesivo de la solicitud a I.) ist wiederum (vgl. oben Ziffer II. 4.) con 25% moderada en evaluar, da die konkreten Werbemittel der Beklagten von Beginn an der zentrale Gegenstand der Rechtsverfolgung waren und die Gefahr der Realisierung des abstrakt gestellten überschießenden Antragsteils relativ gering war.
100
Der Senat hat die folgenden Einzelstreitwerte seiner Kostenentscheidung zugrunde gelegt:
101
In dem Streitverhältnis mit den Beklagten zu 1) y 3) jeweils € 165.000,– (Unterlassung, INFORMACIÓN, Daños y perjuicios),
102
im Streitverhältnis mit den Beklagten zu 2) y 4) jeweils € 85.000,– (Unterlassung, INFORMACIÓN, Daños y perjuicios).
103
Die Entscheidung zur vorläufigen Vollstreckbarkeit ergibt sich aus §§ 708 No.. 10, 711 ZPO.
IV.
104
Die Voraussetzungen für eine Zulassung der Revision nach § 543 II ZPO liegen nicht vor, insbesondere hat die Rechtssache weder grundsätzliche Bedeutung noch erfordern die Fortbildung des Rechts oder die Sicherung einer einheitlichen Rechtsprechung eine Entscheidung des Revisionsgerichts. Es geht vorliegend um die Anwendung bestehender Rechtsgrundsätze auf einen konkreten Fall.

Otras cuestiones sobre la propiedad intelectual: