Tribunal Federal de dividir un bien jurídico cártel unión bajo codeudores solidarios

El Tribunal Federal se ha ocupado de la cuestión, criterio según el cual una multa, que ha impuesto varias empresas conjuntamente por la Comisión Europea, para ser distribuida internamente al deudor individual.

El demandante era el único accionista de la demandada 2, en agosto 2004 todas las acciones de la parte demandada 1 adquirido. En este momento, el acusado llevó a los trabajadores a 1 durante varios acuerdos de cártel meses para la distribución de calcio en parte, que a partir de julio 2005 ampliado en la distribución de gránulos de magnesio. A partir de noviembre 2006 el solicitante vendió sus acciones en el acusado 2, hasta que la 22. JULIO 2007 eliminado completamente.

Por decisión de 22. JULIO 2009 impuesta por la Comisión Europea (COMP / 39.396, K(2009) 5791 final) en contra de la demandante y los demandados solidariamente una multa de 13,3 Mi. Euro por infracción del Derecho europeo de la competencia en el período comprendido entre 22. Abril 2004 (Acusado 1) o. 30. Agosto 2004 (Acusado 2 y el solicitante) a 16. ENERO 2007. El demandante y los demandados han cuestionado la imposición de la multa ante el Tribunal de la Unión Europea, que – sólo después de la decisión del Tribunal de Apelación – mediante resoluciones de 23. ENERO 2014 (T-395/09 y T-384/09) la multa impuesta a la demandante 12,3 Mi. Euro ha reducido y desestimó los recursos de anulación de las partes, por otra parte,. Sin embargo, sólo los acusados ​​han apelado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (C-154/14 P) incrustado. Weiter

Otras cuestiones sobre la propiedad intelectual: